El tribunal impidió que la dirección nacional del PPD destituyera a Damagum como presidente nacional del Ag

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El viernes, un Tribunal Superior Federal de Abuja impidió a la dirección nacional del Partido Democrático Popular (PPD) destituir a Umar Damagum como presidente nacional interino del partido.

El juez Peter Lifu, en un juicio virtual y supervisado por periodistas en Abuja, pronunció el veredicto el viernes.

El juez Lifu ordenó al Comité Ejecutivo Nacional (CNE) del PPD y a la Junta Directiva del BoT que no reconozcan a nadie más como presidente nacional del partido hasta la convención nacional del partido prevista para diciembre de 2025.

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El juez dictaminó que, según los artículos 42, 47 y 67 del PPD, los funcionarios nacionales sólo pueden ser elegidos en la convención nacional del partido.

Según él, los miembros del UzPDP están sujetos a los estatutos del partido y, por lo tanto, siempre deben obedecer las normas y leyes del partido.

La demanda marcada como FHC/ABJ/CS/579/2024 fue iniciada por SAN Joshua Musa en nombre del senador Umar Maina.

El demandante, que afirmó ser el presidente del PPD en Yobe, demandó al PPD y a otras ocho personas.

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Alegó que algunas partes interesadas del partido celebraron reuniones secretas para destituir por la fuerza a Damagum de su cargo, en grave violación de los estatutos del partido.

Según él, las partes interesadas están presionando al Dr. Philip Salawu, ex vicegobernador de Kogi, para que reemplace a Damagun.

Maina dijo que después de enterarse del plan, se enviaron dos cartas separadas al secretario nacional del partido, el senador Samuel Anyanwu, quejándose de las reuniones secretas.

Según él, a pesar del reconocimiento de las dos cartas, el secretario nacional y los miembros del BoT nunca consideraron oportuno actuar sobre las cartas y sus acusaciones.

Por lo tanto, pidió al tribunal que invocara los artículos 45, 47 y 67 de la Constitución del PPD para detener la iniciativa de reemplazar a Damagum como presidente nacional en funciones.

El demandante pidió al tribunal que declarara que la presidencia nacional del PPD se rotará entre las regiones norte y sur y no en ningún otro orden no estipulado en su constitución.

Al dictar sentencia, el juez Lifu estuvo de acuerdo con el demandante en que Damagum sólo puede ser reemplazado en la Convención Nacional del PPD o por orden judicial.

En su opinión, cualquier intento de reducir el mandato de cuatro años en la región norte sin un congreso nacional del partido es una violación de los estatutos del UzPDP.
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