Nombramiento equivocado: el tribunal fija la fecha para el presidente del NDDC, Chiedu Ebi

El 31 de octubre, un Tribunal Superior Federal de Abuja emitió su fallo sobre una demanda que buscaba la destitución de Chiedu Ebi como presidente de la junta directiva de la Comisión de Desarrollo del Delta del Níger (NDDC) por acusaciones de mala práctica.

La jueza Joyce Abdulmalik fijó la fecha del fallo después de que las partes presentaran hoy sus escritos ante el tribunal, que eran argumentos a favor y en contra de la citación.

Cabe señalar que algunas comunidades del delta del Níger han iniciado procedimientos judiciales contra el presidente Bola Tinubu, alegando que violó la Ley NDDC al nombrar a Ebi.

Los demandantes, que representan a las comunidades de los estados de Bayelsa y Delta, argumentaron ante el tribunal que Ebie no está calificado para el cargo de presidente de la junta porque no es “de una zona productora de petróleo con la mayor cantidad de producción de petróleo”.

Entre los demandantes se encuentran el Jefe Gereghewei, el Jefe Eddy Brayei y el Sr. Jonah Engineyouwei de Goodnews, que actúan en nombre de ellos mismos y de las comunidades de Bisangbene, Agge y Amatu1 en el área de gobierno local de Ekeremor en el estado de Bayelsa.

Los encuestados en el caso incluyen al Presidente Tinubu, al Presidente del Senado, al Fiscal General de la Federación, al NDDC y a Ebie, que figuran como encuestados del 1 al 5 respectivamente.

Además, Jerry Mulade-Aroh del Reino de Gbaramatu, el Sr. Jolomi Itsekure de las Comunidades Productoras de Petróleo y Gas de Itsekiri y Juma Ugedi del Reino de Egbema de Delta buscaron comparecer como demandantes en el caso.

Durante el juicio del martes, los demandantes, a través de su abogado, el Sr. Egberipou Sotonye Barakemi, pidieron al tribunal que desestimara la excepción preliminar presentada por el Presidente Tinubu y el Fiscal General de la Federación y que el caso contra todos los acusados ​​fuera desestimado de plano. . enfatizaron. por falta de valor.

El representante del presidente Tinubu, Maimuna Lami Ashiru, el fiscal general de la Federación, Umaru Jibril, y la Comisión de Desarrollo del Delta del Níger (NDDC) y el representante de Ebie, Emmanuel Akumaye, instaron conjuntamente al tribunal a desestimar el caso en cuanto al fondo. falta de jurisdicción.

Luego de las presentaciones de todas las partes interesadas, el juez Abdulmalik anunció que la decisión sobre la excepción preliminar, así como la sentencia sobre la demanda principal, se anunciarán el 31 de octubre de este año.

En el caso marcado como FHC/ABJ/CS/28/2024 y presentado el 11 de enero de 2024, la demanda alega que tanto el presidente Tinubu como la Asamblea Nacional violaron la Ley NDDC al considerar y nombrar a Ebi Chiedu como presidente del NDDC, incluidos los vogars. Concejo.

Los demandantes argumentaron que, aunque Ebi es de un país productor de petróleo, no es elegible para el puesto de presidente de la junta porque no es de la principal región productora de petróleo.

En una declaración jurada abierta en apoyo de la demanda, los demandantes afirmaron que Eby fue nombrado. “Esto es incorrecto y contrario a las disposiciones claras de la ley.

“La investigación de antecedentes y confirmación del quinto acusado por parte del Senado de Nigeria también fue errónea y contraria a las disposiciones claras de la ley.

“Como consecuencia de los hechos antes expuestos y, en particular, de los hechos contenidos en los apartados 2 a 11, el nombramiento del quinto demandado es nulo, inválido y sin efecto.”

Los demandantes, representados por su abogado BB Abalaba, pidieron al tribunal que determine si Ebie, que pertenece a una sociedad limitada de producción de petróleo, está calificado para desempeñarse como presidente del cuarto demandado, la Comisión de Desarrollo del Delta del Níger.

Otras cuestiones a considerar incluyen si el nombramiento del primer acusado al cuarto acusado como presidente del quinto acusado es incompatible con las disposiciones de la Ley NDDC.

“¿No es ilegal que el primer acusado nombre al quinto acusado como presidente del cuarto acusado?”

“Por lo tanto, pidieron al tribunal que emitiera una decisión para cancelar el nombramiento del quinto acusado por el primer acusado como presidente del cuarto acusado.

“Una orden que impide que el quinto acusado asuma el cargo o actúe de cualquier manera como presidente del cuarto acusado.

“Una orden que impide que el cuarto acusado admita al quinto acusado como presidente o le permita ingresar a sus instalaciones con el fin de comenzar o continuar sus actividades como presidente.

“Una orden que impide que el quinto acusado participe en la presidencia del cuarto acusado”, afirman las peticiones.

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